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¿Puedo enviar a otra persona a cobrar un giro dirigido a mí?
¿Puedo enviar a otra persona a cobrar un giro dirigido a mí?
Sí. Para eso tiene que hacer una autorización formal. La misma consiste en una carta donde se indique el nombre completo de la persona que se presentará a cobrar el giro así como su cédula de identidad. También deberán enviar fotocopia de cédula de identidad del destinatario original del giro.