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¿Puedo recibir un envío a nombre de una empresa al amparo del presente régimen?
¿Puedo recibir un envío a nombre de una empresa al amparo del presente régimen?
No, el régimen es exclusivamente para personas físicas. Si lo hace, el envío deberá tramitarse por régimen general de importación (pagando los tributos correspondientes y contratando a despachante de aduana) o, si su valor fuera menor a los USD 200 podrá hacer uso del régimen previsto en el Artículo 5 del Decreto Nº 506/01.